Veleros, yates a motor, pequeñas embarcaciones de todo tipo constituyen embarcaciones de recreo cuando se destinan a uso particular, de ocio, y, en ocasiones, están obligadas a disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños personales y materiales a terceros, y a las instalaciones portuarias y pantalanes: Las embarcaciones a motor (incluso una moto acuática), las embarcaciones a vela de más de 6 metros de eslora o las embarcación extranjera que naveguen por aguas españolas, y toda aquella embarcación que participe en regatas, pruebas, competiciones de todo tipo y sus entrenamientos.

Junto a estos seguros obligatorios, también es posible contratar seguros voluntarios que complementen los capitales de responsabilidad civil del seguro obligatorio y, además, asegurar su embarcación contra daños propios, robo y accidentes de ocupantes.

En Balaguer & Gutierrez le asesoramos cuando asegure sus embarcaciones de recreo (veleros, embarcaciones a motor, motos de agua, etc) para que Ud. pueda disfrutar tranquilo de su pasión por navegar.